El libro de ingresos y gastos es un documento obligatorio para todos los empresarios que utilizan un sistema tributario simplificado. También debe ser realizado por empresarios que no realizan actividades, pero permanecen en este estado. La ley le permite mantener el libro en formato electrónico. Y la forma más sencilla de hacerlo es utilizar el servicio en línea "Contador electrónico" Elba.
Es necesario
- - un ordenador;
- - acceso a Internet;
- - una cuenta en el servicio "Contador electrónico" Elba ", puede liberar;
- - Documentos de pago que confirmen sus ingresos y, en su caso, gastos.
Instrucciones
Paso 1
De acuerdo con la ley, es necesario realizar asientos en el libro de ingresos y gastos a medida que se realizan las transacciones correspondientes. El cumplimiento de este requisito también es conveniente, ya que evita confusiones.
Después de cada recibo de dinero o gastos aceptados para compensación, inicie sesión en el servicio "Contador electrónico" Elba "con su nombre de usuario y contraseña.
Paso 2
Vaya a la pestaña "Ingresos y gastos" y seleccione la opción para agregar ingresos o gastos haciendo clic en el botón correspondiente.
Ingrese en los campos especialmente designados la fecha y el monto del pago y el número del documento de pago (orden de pago) o factura.
Entonces guarda.
Junto con otros gastos, los datos sobre impuestos pagados y contribuciones a fondos extrapresupuestarios también se ingresan en la columna correspondiente.
Paso 3
Después de ingresar información sobre la última transacción en el año actual, dé el comando para crear un libro mayor de ingresos y gastos. Para hacer esto, haga clic en el enlace correspondiente.
Guarde el libro de ingresos y egresos en su computadora, imprímalo, certifíquelo en los lugares correctos con sello y firma, cosa en tres hilos, lleve sus extremos al reverso del documento y pégueles papel, en el que indique el número de hojas, fecha y firma.
Ahora debe llevar el libro mayor de ingresos y gastos a su oficina de impuestos. Su inspector lo certificará en un plazo de diez días, después de lo cual deberá volver a visitar la oficina de impuestos para recoger el documento.