Cómo Calcular Su Contribución A La Pensión En

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Cómo Calcular Su Contribución A La Pensión En
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Video: ¿Cómo Se Calcula La Pensión? 2024, Diciembre
Anonim

Las contribuciones al seguro de pensión obligatorio deben ser realizadas por todas las personas jurídicas, incluidas las extranjeras, que celebren contratos de trabajo con los empleados. Las contribuciones a las pensiones se subdividen en las partes de la pensión de seguro y de capitalización. También se pueden hacer contra una parte del UST como pago al presupuesto federal.

calcular la contribución a la pensión
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Instrucciones

Paso 1

Estas contribuciones deben calcularse mensualmente y pagarse dentro de los 15 días posteriores al final del mes, en un total para todos los empleados de la organización. Trimestralmente, la organización debe presentar un informe sobre las cotizaciones acumuladas y pagadas del trimestre superado en forma de declaración cumplimentada "Cálculo de anticipos de cotizaciones al seguro para el seguro de pensión obligatorio".

Paso 2

Al presentar el informe anual, es necesario proporcionar a la UIF para cada empleado "Información individual sobre el tiempo de servicio, ganancias, ingresos y primas de seguro acumuladas a la UIF de la persona asegurada". Y también la declaración anual de primas de seguros para el seguro de pensión obligatorio.

Paso 3

Para calcular las contribuciones a la pensión de cada empleado, debe utilizar las siguientes fórmulas:

Salario del trabajador desde el inicio del año * Tasa de cotizaciones para financiar la parte aseguradora de la pensión = Pago mensual de cotizaciones previsionales para financiar la parte aseguradora de la pensión laboral

Paso 4

Salario del empleado desde el inicio del año * Tasa de cotizaciones para financiar la parte de capitalización de la pensión = Pago mensual de cotizaciones de pensión para financiar la parte de capitalización de la pensión laboral

Paso 5

Desde enero de 2011, las tasas de cotización al seguro para el seguro de pensión obligatorio se han modificado y ascienden al 26% para las personas nacidas en 1966. y mayores para financiar la parte del seguro de la pensión, para personas nacidas en 1967 y menores: 20% para la parte del seguro de la pensión, 6% para la financiada.

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