Cómo Retener La Pensión Alimenticia De Su Salario

Tabla de contenido:

Cómo Retener La Pensión Alimenticia De Su Salario
Cómo Retener La Pensión Alimenticia De Su Salario

Video: Cómo Retener La Pensión Alimenticia De Su Salario

Video: Cómo Retener La Pensión Alimenticia De Su Salario
Video: Pensión de alimentos: ¿Qué parte de mi sueldo me pueden retener como pensión alimenticia? 2024, Noviembre
Anonim

¿Es usted contador de una organización cuyo empleado debe pagar la manutención de los hijos de su hijo u otro pariente discapacitado? Es usted quien tiene la obligación de retener el monto de la pensión alimenticia del salario de este empleado. Al mismo tiempo, su negocio es puramente ejecutivo: cuánto, a quién y cómo transferir dinero, otros deciden.

Cómo retener la pensión alimenticia de su salario
Cómo retener la pensión alimenticia de su salario

Es necesario

documento ejecutivo y el monto de los ingresos del empleado del cual se retiene la pensión alimenticia

Instrucciones

Paso 1

Para comenzar a retener la pensión alimenticia de un empleado, debe tener uno de los siguientes documentos: un acuerdo notariado de las partes para pagar la pensión alimenticia, una orden de ejecución o una orden judicial. En otros casos, el empleador no está obligado a transferir la pensión alimenticia en nombre del empleado. Además, debe recibir instrucciones de la persona que recibe la pensión alimenticia sobre el método de transferencia del dinero (en persona, por correo postal o transferencia bancaria). Los costos de transferir fondos al beneficiario corren a cargo del empleado pagador.

Paso 2

El empleador está obligado a retener la pensión alimenticia de su empleado y transferirla al beneficiario dentro de los tres días posteriores a que el pagador recibió los salarios u otros ingresos incluidos en la base de cálculo de la pensión alimenticia. La lista de tipos de tales ingresos fue aprobada por el Decreto del Gobierno de RF del 18 de julio de 1996 No. 841.

Paso 3

La pensión alimenticia se retiene del monto de las ganancias restantes después de que se hayan calculado las primas del seguro y el impuesto sobre la renta personal. Además, si el contribuyente tiene derecho a las deducciones fiscales, entonces este último reduce la base imponible del impuesto sobre la renta de las personas físicas o, si el empleado recibe el monto de la deducción en efectivo, no se incluye en la base para el cálculo de la pensión alimenticia, ya que esto no está previsto en la lista de tipos de ingresos de los que se retiene la pensión alimenticia.

Paso 4

El monto de la pensión alimenticia se puede establecer como un porcentaje de los ingresos o como una cantidad fija (también es posible una versión mixta). Como regla general, la pensión alimenticia para un hijo es una cuarta parte de los ingresos del empleado, para dos - un tercio, para cuatro o más - la mitad de los ingresos. Al mismo tiempo, el monto total de la pensión alimenticia retenida durante el período no puede exceder el 70%. El tribunal establece excepciones.

Paso 5

Si un documento que obliga al empleador a retener la pensión alimenticia llega tarde, el contador del empleador tendrá que calcular la deuda de la pensión alimenticia, a partir de la fecha límite especificada en la orden de ejecución (u otro documento mencionado en el paso 1), con base en los ingresos del pagador para el período de deuda. En este caso, la pensión alimenticia se debe cobrar solo dentro de un período de tres años anterior a la recepción del documento ejecutivo en la organización. La deuda debe retenerse dentro de un umbral máximo del 70%.

Paso 6

Si el empleado que paga la pensión alimenticia recibe un anticipo, se recomienda que el monto de la retención, especialmente si es grande, se distribuya proporcionalmente entre el anticipo y el salario base.

Paso 7

Si el monto de la pensión alimenticia se establece en forma de una suma global, está sujeto a indexación para neutralizar la inflación. El porcentaje de indexación generalmente se establece en el documento ejecutivo, de lo contrario el contador del empleador debe, de acuerdo con el Código de Familia, indexarlo en proporción al aumento del salario mínimo.

Recomendado: