La organización puede pasar de los regímenes fiscales especiales del sistema fiscal simplificado y la UTII al régimen general, no solo de forma voluntaria, sino también obligatoria. Al mismo tiempo, hay una serie de criterios que permiten una transición voluntaria.
Es necesario
solicitud a la oficina de impuestos
Instrucciones
Paso 1
Es posible que tenga varias razones para cambiar de UTII al sistema fiscal general. En primer lugar, si se canceló el sistema UTII en el municipio, o si su empresa deja de ejercer el área de actividad sujeta a UTII. Además, la transición es posible si su empresa es uno de los principales contribuyentes.
Paso 2
Dentro de los cinco días a partir de la fecha de la decisión de cambiar el sistema tributario, presente una solicitud a la oficina de impuestos para que se le dé de baja como pagador de este impuesto. La solicitud debe redactarse de acuerdo con el formulario UTII-3. Y dentro de los próximos cinco días hábiles, la oficina de impuestos le enviará una notificación de que la organización se da de baja como pagador de UTII.
Paso 3
La empresa es transferida a la fuerza de UTII con la condición de que haya violado el umbral requerido para el número de empleados, que ha superado las cien personas, o el criterio de distribución de acciones en capital fijo, que se ha convertido en más del veinticinco por ciento..
Paso 4
En el proceso de transición de un sistema tributario a otro, tomar en cuenta los activos fijos e intangibles que fueron adquiridos antes de este evento a valor residual. Si, una vez realizada la transición, calcula los impuestos en efectivo, solo los fondos totalmente pagados y los activos intangibles pueden reflejarse en la contabilidad.
Paso 5
El procedimiento para determinar el valor residual dependerá del momento de su adquisición. Si esto sucediera al momento de aplicar UTII, el valor residual se determinará como la diferencia entre el precio de compra y el costo de depreciación que se devengó durante la aplicación de UTII. Si estamos hablando del tiempo de operación bajo el sistema tributario general antes de la aplicación del impuesto único sobre la renta imputada, el valor residual se determinará como la diferencia entre el valor residual del inmueble en el momento de la transición a UTII y el costo. de depreciación, que se devengó durante la aplicación del impuesto único sobre la renta imputada.