Para la mayoría de los deudores, es el tribunal la que es una especie de final salvador que resumirá los resultados. Se cree que después del juicio, el interés se calculará y congelará, pero esto no siempre funciona. ¿Puede un banco cobrar intereses incluso si ha habido un juicio?
Cuando el banco sigue cobrando intereses
¿Cuán legales son tales acciones por parte del banco? Todo en este caso depende de la corrección de la redacción de reclamos por parte de la institución financiera. Por ejemplo, si el banco en la solicitud requiere pagar la deuda en su totalidad, mientras rescinde el contrato, la acumulación de la demora se detiene inmediatamente después de la decisión judicial. En teoría, en este punto, el monto de la deuda deja de crecer y se fija.
En la práctica, sin embargo, los bancos prefieren utilizar un esquema ligeramente diferente. El departamento legal de una institución de crédito hace reclamos con respecto al monto de la deuda de su cliente, que se formó al momento de presentar una solicitud judicial, mientras que el monto principal de la deuda de un producto crediticio permanece fuera de este cobro.
En consecuencia, el acuerdo entre el cliente y el banco no se rescindirá, y también se cobrarán multas e intereses sobre este mismo saldo. Usando un esquema tan común, el banco puede solicitar ayuda al tribunal varias veces, cada vez reclamando una parte del monto. Un alguacil directo puede unirse a este caso en caso de falta de fondos. Si es necesario, para pagar la deuda, puede identificar compras caras, verificar actos tributarios y redactar notificaciones de que el deudor tiene fondos para depositar dinero para saldar la deuda, incluso si el deudor es un pensionista.
Según el cual el banco sigue cobrando intereses
Para responder a esta pregunta, conviene remitirse al artículo 208 del Código de Procedimiento Civil de Rusia. Según este artículo, “a solicitud del deudor o del reclamante (que es el banco), el tribunal, que tomó prestada la maleta para el trabajo, tiene derecho a indexar las sumas recuperadas por el tribunal en el momento de la ejecución del juicio”.
El artículo 395 del Código Civil también señala que por la utilización de recursos económicos ajenos por retención ilegal e injustificada por ley, así como en caso de demora, evasión de devolución o pago, la parte que utilice estos fondos también deberá abonar intereses sobre la cantidad de fondos tomados.
Según estos dos artículos, el banco tiene un derecho pleno y legalmente justificado a exigir a su cliente que pague no solo la deuda del producto crediticio, sino también los intereses incluso después de que se haya tomado una decisión judicial. Esto es posible incluso en el caso de una cantidad fija de deuda, pero solo en los casos en que el deudor por alguna razón no cumple con las obligaciones judiciales o paga la deuda en cuotas (incluso en los casos en que el plan de cuotas fue aprobado por el tribunal).
Pero el banco sólo puede hacer esto si acude a los tribunales con otro reclamo. En tales casos, el deudor tendrá que pagar una nueva cantidad adeuda sobre la base de una nueva decisión judicial. Al mismo tiempo, el banco, tratando de enriquecerse, esperará varias semanas y luego "retirará los intereses" y los resumirá para un nuevo reclamo.
En esta situación, es alentador que en la mayoría de los casos la cantidad de fondos acumulados como intereses sea demasiado pequeña para emitir la próxima colección. Por lo tanto, los bancos generalmente presentan un reclamo por el monto principal de la deuda y no van a los tribunales con otro reclamo, y nadie obligará al deudor a pagar intereses.